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País Chile
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Corte de Apelaciones de Santiago
   
Fecha 13/12/2010
   
Caso Jesica Alarcón Llauca/ Fuerza Area de Chile.
   
Temas Identidad y Desarrollo de la Libre Personalidad
   
Descriptores Despido/Derechos laborales/Discriminación laboral
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en el empleo
   
Sumario Jesica Alarcón Llauca, interpone recurso de protección en contra de la Fuerza Aérea de Chile, por el acto ilegal y abusivo constituido por la decisión de la Junta de Selección de Oficiales de incluirla en Lista de Retiros a contar del 1 de enero de 2011, notificada mediante Resolución N° 16001/ 20/ 03, con fecha 26 de agosto del año en curso, Resolución que no contiene justificación alguna, sino que tan solo le comunica la decisión, sin razonamientos de por medio, de la cual la afectada solicitó reconsideración y apelación, siendo ambas rechazadas.

 Existe ilegalidad en la resolución que le fue notificada y que señalaba su inclusión en la slista de retiros?. La Corte rechaza el recurso de protección interpuesto, por los siguientes motivos:

A.- No contener el recurso petición concreta de ninguna clase que debiera adoptar este tribunal en el marco de la presente acción constitucional, ni en el cuerpo del escrito ni en sus conclusiones, sin perjuicio de lo cual se hará cargo esta Corte de las dos actuaciones impugnadas por esta vía, anteriormente precisadas.
 

B.- Que en cuanto la presente acción se dirige en contra del primer acto de la autoridad recurrida, anteriormente precisado, relacionado con la sanción que en definitiva quedó aplicada a la actora por los sucesos acaecidos en Haití, el recurso aparece planteado de modo extemporáneo.

C.- Que según surge de los anteccedentes de la causa, la actuación que cupo a la antes expresada Junta de Selección de Oficiales aparece adoptada por el órgano competente en el ejercicio de la facultad que la normativa legal le reconoce, por lo cual no reviste carácter de ílegal; y desde otra perspectiva, esta Corte tampoco divisa en ella un proceder caprichoso, contrario a la justicia o discriminatorio; en fin, todo aquello que constituya arbitrariedad.

 

   
Análisis

Dicha Resolución es arbitraria, pues la decisión de haberle bajado las notas y haberla incluido en la Lista de Retiros aparece como correspondiente a una lógica caprichosa, condicionada por los hechos ocurridos durante la estadía en Haití, donde la recurrente desobedece las órdenes de los oficiales de no fraternizar con los suboficiales de menor rango jerárquico, ya que es desde ese período en que se desatan problemas por parte del recurrido hacia la recurrente.

   
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