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País Chile
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Primer Juzgado de Familia de Santiago
   
Fecha 11/11/2009
   
Caso RIT: F- 2411-2009
   
Temas Familias
   
  Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Violencia Doméstica/ Familia
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario Tribunal de Familia de Santiago condena por violencia psicológica a ex conviviente experto en artes marciales que porta arma de fuego, por los constantes acosos telefónicos a la madre de sus hijos.

 Este fallo plantea la problemática probatoria que presentan los casos de violencia psicológica y la necesidad de capacitación en violencia de género de los operadores de justicia para el adecuado reconocimiento de éstos, así como la pertinencia de la interpretación de las leyes de violencia, como instrumentos de protección a las mujeres que la viven.  Se acoge la denuncia de violencia intrafamiliar, por los siguientes motivos:

A.- en la presente causa, a juicio de esta sentenciadora, se dan los presupuestos exigidos en la ley, toda vez que estamos frente a una conducta de acoso a la denunciante, materializada principalmente por las constantes llamadas telefónicas y de mensajes de texto, a toda hora y en cualquier lugar, lo que si bien, por sí solo, no puede ser considerado maltrato, lo cierto es que, los informes psicológicos de ambos, corroboran lo concluido, por cuanto tenemos a una víctima, con daño y perfil de tal, y a un agresor, con indicadores psicológicos de posible agresor.

B.- es un indicador cierto del temor que sufre la denunciante, el hecho real de que el denunciado mantiene en su poder un arma de fuego, ya que las máximas de la experiencia, nos indican que existe un temor real en personas que se encuentran vinculadas a otros que poseen este tipo de armamento, en términos de que sean ocupados en su contra; así lo demuestra las numerosas noticias que hablan de mujeres agredidas por sus parejas o ex parejas con armas de todo tipo, temor que lamentablemente se ha instalado en el inconsciente colectivo.


 

   
Análisis

En este caso el Tribunal considera que tales conductas son constitutivas de violencia, las cuales han sido suficientemente corroboradas por los informes psicológicos, dando cuenta de la desigual relación de poder existente entre la denunciante y el agresor.

   
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