Suscripción boletín
Administrador
 
   
 
 
 
 
 
 
 
 
   
 
 
   
 
     
 

   
País Chile
   
Escala
   
Corte Corte Suprema de Justicia
   
Fecha 04/05/2009
   
Caso Laura Catalán/ Jaime Herrera.
   
Temas Familias
   
  Propiedad y Patrimonio
   
Descriptores Separación/ Propiedad
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en relaciones familiares
   
  a la no discriminación económico social
   
Sumario Mujer, separada de hecho, solicita al tribunal la declaración de bien familiar de la casa residencia principal de la familia. Esta es concedida en primera y segunda instancia, por lo que el marido interpone recurso de casación en el fondo.

 Esta sentencia plantea los distintos criterios de los tribunales respecto del contenido, forma y alcance del concepto de familia, y respecto de la manera de interpretar instituciones destinadas a proteger a esta, al momento de producirse rupturas, cuando el marido es el único que ejerce un trabajo remunerado. La Corte acoge el recurso de casación en el fondo interpuesto por el marido de la demandante. Fundamentos:

A.- Que sobre la base de los presupuestos establecidos se resolvió acoger la acción intentada, declarando como bien familiar el inmueble, por estimar que se cumplen los requisitos establecidos, no obstante, estar separada la actora de su cónyuge y no existir hijos del matrimonio; ésta constituye familia. Asimismo consideran que la finalidad de la institución, es brindar protección a ésta y garantizarle una vivienda estable, a fin de asegurar el cumplimiento de las cargas matrimoniales.

B.- La institución de los bienes familiares tiene por finalidad amparar el hogar, principalmente en casos de conflicto. Tal presupuesto que ha sido objeto de principal protección por parte del legislador, no puede entenderse que se cumple en la especie desde que es un hecho no discutido que el inmueble materia de la litis no es habitado por el cónyuge demandado, sino que solamente por la actora, lo que demuestra que el mismo no constituye en la actualidad la residencia de la familia, pues ha dejado de ser el hogar común.

   
Análisis

Corte Suprema, acogiendo la casación, deja sin efecto estos fallos por considerar que es la presencia del marido en casa, la que le da el carácter de “residencia principal de la familia.” El tribunal de familia y la Corte de Apelaciones habían concedido la declaración, señalando que no obstante estar separada y no tener hijos, la mujer es familia y que la finalidad de la institución es brindar protección a ésta y garantizarle una vivienda estable, a fin de asegurar el cumplimiento de las cargas matrimoniales que el ordenamiento jurídico impone a los cónyuges y especialmente en el caso, puesto que la mujer es el cónyuge más débil de los componentes de dicha familia, por su edad, su estado de salud y situación económica.

   
Patrocinante Sin Información
   
Sentencia Ampliar

  Volver   
 
     
 
Administración Web - PACKGLOBAL