Isabel Meza ha laborado treinta y cuatro años para el centro de desarrollo infantil "Elisa Mariño" de la ciudad de Guaranda, en un recorte de personal demandado por la ministra de Inclusión Económica y Social en base al Mandato Constituyente No. 8, habría sido afectada su liquidación.
La afectada interpone acción de incumplimiento y demanda la liquidación para recuperar el monto que considera impago de la que efectivamente se le realizo.
Le niegan la acción a la demandante.
Análisis
El mandato constituyente No. 8 pretendió modificar un régimen sustancialmente desigual e iniquitativo en las relaciones de dependencia laborales. En el estado habían diferencias entre una institución, cargo, región y cometido con relación a otros. Las iniquidades que en torno a las liquidaciones económicas se habían sucedido en los recortes del período precedente, enmarcado en una lógica de acumulación financiera y neoliberalismo, habían sido considerados por demás iniquitativos. Por ello el mandato supone una regulación que iguala de manera general las acciones de liquidación, entre otras normas.
La sentencia considera que la accionante debió haber acudido a la vía ordinaria para la reclamación de los derechos que cree conculcados rechazando la acción de incumplimiento.
Sin duda es una sentencia que genera un antecedente importante de los temas que puede procurar jurisprudencia la Corte, aunque cabe preguntarse porque no se nego su procedencia para conocimiento.