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País Bolivia
   
Escala
   
Corte Tribunal Constitucional
   
Fecha 17/05/2010
   
Caso SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0135/2010-R
   
Temas Familias
   
  Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores corrupción de menores
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en relaciones familiares
   
  a una vida libre de violencia
   
Sumario
La recurrente señala que por la situación crítica familiar, su hermana menor llegó a vivir a La Paz, alternando trabajos esporádicos y cuidados de la hija de la misma. La menor un día no retornó a su hogar, luego de las averiguaciones le informaron que en un operativo de la Alcaldía Municipal juntamente a otras instituciones, detuvieron a su hermana y la derivaron a un centro de detención de menores; tres días después le informaron que fue derivada para observación psicológica, momento en que la menor fue trasladada a un albergue socio protectivo de menores, para terapia de mujeres con fines investigativos por presunta trata de personas. La recurrente asistida legalmente , no pudo contactarse con su hermana , no obstante realizó las gestiones necesarias , habiendo transcurrido siete días desde que la menor fue detenida , privada de su libertad e incomunicada , desconociéndose acerca de su paradero y condiciones de salud , situaciones que vulneran su derecho a la libertad física y de locomoción consagrados en la CPE por lo que interpone recurso de habeas corpus contra el Alcalde y el equipo multidisciplinario de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la Subalcaldía , solicitando que la menor fuera puesta en libertad dado que jamás existió orden judicial emanado de autoridad competente que diera lugar a la detención. El tribunal de habeas corpus declaró PROCEDENTE el recurso y dispuso que los recurridos efectúen la comunicación oficial al Juez de La Niñez y Adolescencia y tomen contacto con las Autoridades que tiene bajo su cargo a la niña y cumpla con su obligación según reza la ley, así mismo se le otorgue el derecho de visita a la hermana de la menor y se determine según corresponda en interés de la misma. En revisión la resolución ante el Tribunal Constitucional APRUEBA la misma y concede la tutela solicitada. La Niñez es mucho más vulnerable cuando los operadores de justicia no reconocen los comportamientos propios de un niño(a) y no priorizan la atención hacia aquellos como interés superior frente a otros.
   
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