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País Bolivia
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Fecha 25/09/2008
   
Caso 218/2008
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en relaciones familiares
   
Sumario
El caso fue denunciado por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia DNA en contra de la madre de la menor por Maltrato por omisión a niña (abandono a bebe de 2 meses), cabe señalar que en la misma relación de hechos que expone la defensoría que demanda se relata que la madre adolescente fue abandonada por su pareja cuando aquel, se enteró de su estado de gravidez, por lo que ella tuvo que afrontar sola su embarazo pese a su corta edad, situación que finalmente la condujo a dejar a su bebé con su madrina, y no haber ejercido las visitas, ni haber contribuido al sustento de su hija. Es evidente que con esta conducta se configura la negligencia, pero llama la atención que la acción se la interpone solamente contra la adolescente, nos preguntamos porque no se actuó de igual forma contra el padre? Que no solo abandonó a la adolescente gestante sino también puso en riesgo la vida de su bebe cuando decidió abandonarlas hecho que en materia penal constituye un delito tipificado y sancionado por el código penal vigente. Dell presente caso se evidencia como para la Defensoría de la Niñez y Adolescencia prevaleció el interés de sancionar a una adolescente por abandono a su bebé que revisar lo que motivó este abandono y que ameritaba una denuncia y sanción judicial a quien les abandonó desde el momento en que la adolescente estaba embarazada. Sin embargo la sentencia solo sanciona a la madre y no al padre sin considerar además; que en cualquier momento podrá aparecer y ejercer la paternidad sin reparar el daño que ocasionó su abandono y las repercusiones legales que tuvo para la adolescente. En consecuencia, esta situación configura una vulneración al derecho de no discriminación y a la imparcialidad, ya que la juez no sólo no observó los derechos de la demandada sino también de su hija, de quien en todo el proceso no consideró ni revisó se cumplió y respetó el derecho a la identidad y de gozar de un nombre y sus respectivos apellidos (paterno y materno) situación que nisiquiera se menciona y considera en la sentencia. Cabe destacar, que el principio de imparcialidad, es aquel por el cual tenemos derecho a ser sometidos a un juez que debe actual de forma imparcial y libre de prejuicios sin embargo; en el caso concreto el tribunal se reduce a revisar el proceder de una adolescente que fue abandonada por su pareja cuando se enteró que estaba embarazada y la falta que cometió (de dejar a la bebé con su madrina) obviando la responsabilidad penal del progenitor que puso en situación de riesgo de la madre adolescente y los daños psicológicos y sociales que se le ocasionó y que dentro del proceso se mencionaron a través de los informes sociales y psicológicos. En consecuencia, la sentencia establece que existió maltrato a la niña por omisión al haber sido abandonada con sus padrinos, y se declara probada la demanda en parte por denuncia der maltrato a favor de la niña Camila, y se dispone la medida de ADVERTENCIA, quien debe mejorar su rol de madre y de volver a incurrir en situación de riesgo a la niña, se realizara la suspensión de autoridad materna.
   
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