La recurrente interpone interpuso demanda de habeas corpus contra el jefe de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil(RENIEC), tras la negación de otorgarle el duplicado de su documento nacional de identidad.
El Tribunal Constitucional reconoce el principio-derecho fundamental a la dignidad y el derecho
a la identidad. Desarrollando, en ese sentido, el rol de la partida de nacimiento y el Documento Nacional de Identidad ( DNI) como medios para el ejercicio de dichos derechos.
Es así que declara fundada la demanda y ordena al RENIEC, la expedición del DNI, con el nombre previamente cambiado por orden judicial, a solicitud de una persona transexual, pero manteniendo los datos relacionados con su lugar de nacimiento, sexo y edad.