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País Argentina
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Tribunal de Impugnación - Sala B - La Pampa
   
Fecha 11/07/2013
   
Caso A, C S s/ Recurso de Impugnación
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Violación - Abuso sexual - Consentimiento - Avenimiento - Retractación de la víctima
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario En este fallo el Tribunal de Impugnación resuelve rechazar el recurso de impugnación presentado por la defensa de C. S. A., contra la sentencia que lo condenara a 12 años de prisión por el delito de abuso sexual agravado por acceso carnal, coacción, violación de domicilio, daño, hurto simple y amenazas con arma, cometido contra su ex pareja, con quien había convivido y había denunciado en otras oportunidades por violencia de género. El argumento por le cual la defensa impugna la sentencia de la audiencia de juicio, se basa en que no se habría probado la violencia, ni las amenazas, así como tampoco que la víctima no haya prestado su consentimiento. Para fundarlo, la defensa se basa en las declaraciones dadas en la audiencia por la víctima, en las cuales se retracta de todo lo dicho en su primera denuncia, y afirma que había dado su consentimiento.

El Tribunal no hace lugar a este planteo merituando tanto numerosas pericias psicológicas como declaraciones de testigos allegados a la víctima.

El Tribunal hace un interesante análisis respecto de la "falta de consentimiento libre" y cómo éste no queda descartado por la simple declaración de la víctima en la audiencia, tal como lo postula la defensa. Por el contrario, afirma el juez Balaguer "la utilización del "consentimiento libre" que dice haber prestado al momento de los hechos, a modo de retractación de la víctima a la hora de formular una señalamiento que favorezca a su victimario, es lo que, por una multiplicidad de razones, no me resulta libre, por lo menos en lo que concierne a mi convicción, conforme a una valoración que supera el análisis lineal que formulara el derecho penal tradicional que, ante ello, no brindaba respuesta alguna más allá de las consecuencias que generaba el conflicto expropiado. Ahora, una retractación de una mujer víctima de un delito en las condiciones valorativas como son la del caso subexamen, merece una actitud tuitiva estatal y una hiperincriminización al decir de Jorge E. Boumpadre."

Cabe destacar que éste Tribunal reúne a dos de los jueces que dictaron sentencia en el caso de Carla Figueroa, por el cual se había aceptado el avenimiento de la víctima quien murió a los pocos días a manos de su agresor. Este caso fue el que desató polémica en torno a la figura del avenimiento y que llevó a su derogación del código penal. En ésta ocasión el juez Flores, que en su momento había dado lugar al avenimiento de Carla Figueroa, sí tuvo en cuenta las circunstancias de contexto. Señala que la retractación "no indica que esta haya mentido sino que es generalmente una consecuencia lógica de la inmensa presión ejercida sobre ella que se encuentra amenazada, presionada o violentada por su medio familiar o allegado, por el vínculo de la víctima con el agresor, o por su dependencia económica, circunstancias por demás conflictivas que no la ayudan a manifestar correctamente el hecho abusivo al que ha sido sometida, ni a la investigación, y por ende al descubrimiento de la verdad real."

Por su parte el juez Balaguer retoma los fundamentos dados ya en aquel momento, en donde debió votar en disidencia ""...la existencia de una multiplicidad de factores que, de alguna manera, inciden e incidieron en el libre albedrío de quien tiene la potestad de prestar "el consentimiento" -para el caso de avenimiento anterior o la retractación como variante o modalidad del perdón hacia el victimario con su consiguiente beneficio exculpatorio- con la suficiente capacidad para ello y en plena libertad. Asimismo, opiné "...sobre la falta de libertad en el consentimiento prestado por la victima -que por analogía sería la retractación-, por no estar en un plano de igualdad, circunstancias que la posicionan una difícil historia de vida y que la colocan en una evidente situación de vulnerabilidad, produciéndose una fragante asimetría respecto a su victimario". 

   
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