Suscripción boletín
Administrador
 
   
 
 
 
 
 
 
 
 
   
 
 
   
 
     
 

   
País Perú
   
Escala
   
Corte Corte Suprema del Perú
   
Fecha 02/07/2013
   
Caso Recurso de Nulidad N° 932 - 2012 (Cusco)
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Violación Sexual
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario

El procesado Cristóbal Becerra Mamani interpuso recurso de nulidad contra la sentencia condenatoria a por el delito contra la libertad sexual - violación sexual de menor de edad, en grado de tentativa, en agravio de la menor de iniciales J.B.F. La sentencia estableció una pena de diez años de pena privativa de libertad. El procesado alega que la acusación fiscal no contiene una debida imputación porque establece que habría pretendido ultrajar sexualmente a la menor hasta en cinco oportunidades sin precisar las fechas. Asimismo, señala que no se ha motivado el tipo penal del delito de violación sexual en grado de tentativa para diferenciarlo del de actos contra el pudor, considerando que la menor tiene el himen intacto. 

Según la acusación fiscal, el 29 de agosto de 2007, Cristóbal Becerra Mamani intentó abusar sexualmente de la menor J.B.F. de diez años de edad, ingresó en su vivienda ubicada en Calle Conchatupa S/N, en la ciudad de Urubamba-Cusco. Se aprovechó de que la menor había llevado a la nieta de la señora con quien trabajaba al Jardín Niño de Praga y la interceptó. Luego la llevó a su domicilio con el fin de abusar sexualmente de ella. Sin embargo por las características de la fisiología genital de la menor no pudo consumar el delito provocándole lesiones genitales.

Según la Corte, la Sala Superior evaluó correctamente los medios probatorios. Si bien es cierto que la menor no presentaba signos de desfloración ni actos contra natura, se desplegó en su contra una conducta orientada al intento de abuso sexual. Esto se acredita con las múltiples lesiones genitales y para genitales de la menor que coincide con su relato policial. Asimismo, la muestra de espermatozoides fue positiva para el acusado. de esta forma se demuestra que eyaculó cuando intentó abusar sexualmente de la menor agraviada. Es más, la Corte considera que los delitos como la violación sexual suelen cometerse de forma clandestina y por lo tanto, la declaración de la víctima cobra singular importancia y es capaz de destruir la presunción de inocencia del procesado. 

En conclusión, la Corte declara no haber nulidad en la sentencia y confirma la pena.

   
Análisis

La sentencia aplica dos razonamientos judiciales que resultan centrales en el juzgamiento de casos de violación sexual, en lo referido al establecimiento de la comisión del delito y de la pena.

La primera se refiere al valor atribuido a la declaración de la víctima para efectos de desvirtuar la presunción de inocencia. En efecto, la Corte se refiere al Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116, el cual establece que las declaraciones de un agraviado, aún cuando sea único testigo, tiene entidad para ser considerada prueba válida y con entidad para enervar la presunción de inocencia del imputado siempre que concurran: La ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia de incriminación. Bajo este razonamiento, la Corte establece que la coherencia en el testimonio de la agraviada y su corroboración con medios probatorios objetivos son suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia. 

El otro razonamiento judicial de relevancia se refiere a la diferencia entre los delitos de tentativa de violación sexual y abuso sexual. En este punto, la Corte es sumamente escueta y solo establece que la tentativa se ha configurado por las acciones repetitivas del acto juzgado. En realidad, hubiera sido interesante que se pronunciara sobre las diferencias entre ambos tipos penales. Esto coadyuvaría a desterrar la tradicional equivalencia de que el delito no consumado de violencia sexual en menores de edad equivale a actos contra el pudor.

Observaciones:

- Valoración de la declaración de la víctima que destruye la presunción de inocencia.

- Consideración de las circunstancias de la violación sexual.


- Interpretación del acuerdo plenario

 

   
Patrocinante Sin Información
   
Sentencia Ampliar

  Volver   
 
     
 
Administración Web - PACKGLOBAL