Sumario |
El juez Juan José Ruíz dictó una sentencia condenando a 5 años y medio de prisión a Claudia por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La sentencia es por demás repudiable. Utiliza un lenguaje que desconoce su identidad auto-percibida al referenciarla una y otra vez como "el trasvestido" y funda su decisión con argumentos que expresamente rechazan la aplicación del principio de igualdad y no discriminación para las personas migrantes, trans y en situación de prostitución.
La sentencia no se limita a condenar a Claudia y aplicar agravantes a su pena. Sino que a partir de este razonamiento se ordena una medida que no hace más que criminalizar y avalar la violencia institucional. Así, exhorta a la Dirección Nacional de Migraciones para que “que constate bajo qué circunstancias legales –de admisión y permanencia en el país- se encuentran los ciudadanos extranjero que ofrecen servicios como travestis en la denominada Zona Roja de la Ciudad de La Plata; y al intendente municipal “a fin de que tome las medidas que considere necesarias; ante la multiplicidad de delitos que, como en la presente, se vienen suscitando de la denominada Zona Roja de la Ciudad de La Plata; y de respuesta a los constantes reclamos de los vecinos, por las molestias que se les causan.”
|