En los diez años de la CPI: Articulación Regional Feminista llama a los Estados a adecuar la normativa interna a los estándares del Estatuto de Roma
   
  En especial para incorporar las definiciones de violencia sexual contenidas en el Estatuto, especialmente los crímenes de violación sexual, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada y otras formas de violencia sexual de gravedad comparable. 
Asimismo, estándares de protección a las víctimas y, en particular, normas sobre participación equilibrada de mujeres en las diversas instancias judiciales tales como tribunales de justicia, fiscalías y defensorías.
   
 

Al cumplirse diez años de la entrada en vigor del Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional, la Articulación Regional Feminista por los Derechos Humanos y la Justicia de Género, reconoce el enorme progreso que ello ha significado y hace un llamado a los Estados a adecuar su normativa interna a los principios y estándares que dicho tratado internacional establece, especialmente en materia de violencia contra las mujeres.

Para la Articulación, la Corte Penal Internacional constituye un avance pues se trata del primer tribunal penal de carácter universal, permanente e independiente para el juzgamiento de los crímenes de guerra, agresión, lesa humanidad y genocidio cuando los Estados competentes no lo hacen. Es de suma relevancia sostiene Carolina Carrera Presidenta de Corporación Humanas-Chile, puesto que “permite poner fin a la impunidad de los crímenes más graves de trascendencia internacional que amenazan la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad”.

En esta misma línea es que se valora sea el primer tratado internacional de carácter general que incorpora transversalmente consideraciones de género imprescindibles para la plena garantía de los derechos humanos de las mujeres. Carolina Carrera, recordó “el gran trabajo realizado por las organizaciones de derechos humanos de las mujeres, que permitió que la comunidad internacional reconociera la violencia sexual dentro de los crímenes más graves de trascendencia internacional y garantizara en el Estatuto normas especiales para su enjuiciamiento, particularmente en materia de protección a las víctimas, participación en los procedimientos, debido proceso y representación equilibrada entre hombres y mujeres en las autoridades y personal de la Corte”.

Es por ello que resulta crucial que los Estados de la región –que en gran medida ya son parte de la Corte- revisen sus legislaciones internas para incorporar las definiciones de violencia sexual contenidas en el Estatuto, especialmente los crímenes de violación sexual, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada y otras formas de violencia sexual de gravedad comparable; superando las limitadas tipificaciones de las legislaciones penales vigentes en la mayoría de éstos e implementando reglas de procedimiento y prueba especiales en estos casos.

Asimismo, es importante que los Estados adopten los estándares de protección a las víctimas y, en particular, normas sobre participación equilibrada de mujeres en las diversas instancias judiciales tales como tribunales de justicia, fiscalías y defensorías.

En la actualidad 121 países ya han ratificado el Estatuto de Roma, siendo el más reciente Guatemala, sin embargo aún en la región hay países que no han reconocido su jurisdicción, por lo que la Articulación invita a dichos países a sumarse a la Corte. Entre ellos están el Salvador, Cuba, Nicaragua y Estados Unidos.

Dimensión de Género en la CPI
Fueron de suma importancia para la inclusión de la dimensión de género en el Estatuto de Roma los Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y para Ruanda, los cuales permitieron visibilizar a nivel global la magnitud y severidad de la violencia que sufren las mujeres en contextos de conflicto armado; contribuyendo de la misma manera a la definición de crímenes de violencia contra las mujeres, especialmente los crímenes de violencia sexual, y procedimientos eficaces para las víctimas.

Esto último sumado a la intensa labor de las organizaciones de derechos humanos de las mujeres, permitió relevar la perspectiva de género en las disposiciones sobre protección a víctimas y testigos; y la obligatoriedad de la representación equilibrada de mujeres y hombres entre los/las magistrados/as, incluyendo jueces/as especializados/as en materia de violencia contra las mujeres.

La Articulación Regional Feminista por los Derechos Humanos y la Justicia de Género es una alianza de instituciones feministas latinoamericanas que promueven y defienden los derechos humanos y la justicia de género en la región; y está compuerta por ELA-Equipo Latinoamericano de Justicia y Género de Argentina ; DEMUS- Estudio para la Defensa de los Derechos de las Mujeres en Perú; Coordinadora de la Mujer de Bolivia, Corporación Humanas de Chile, Colombia y Ecuador; y EQUIS- Justicia para las Mujeres de México.

   
 
     
   

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