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País Argentina
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Cámara en lo Criminal y Correccional Cruz del Eje - Córdoba
   
Fecha 27/09/2012
   
Caso C. C. A. p.s.a Abuso sexual simple
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Abuso sexual - Probation - Suspensión del juicio a prueba
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario

 En la presente sentencia la Cámara en lo Criminal y Correccional Cruz del Eje decide no hacer lugar al pedido de la defensa de C. C. A. de suspender el juicio a prueba. La Cámara entiende que si bien, en principio, se dan los requisitos del artículo 76 bis. del Código Penal, a partir de la doctrina sentada por el máximo tribunal de la provincia en la causa P.M. de los A. p.s.a. abuso sexual simple - Recurso de Casación, corresponde hacer lugar a la probation cuando "sea evidente que las conductas atribuidas no revelen alguna situación de violencia de género o en contra de la niñez." En efecto, la aplicabilidad de la probation debe ser analizada a la luz de las obligaciones internacionales dirigidas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, como así también las que protegen al niño de todo abuso físico y mental. 

En el caso en cuestión, C. C. A., se hizo presente en la sala donde estaba internada T., luego de haber tenido familia. Allí el imputado, luego de suministrarle los calmantes que habían sido prescriptos por el médico de turno y aprovechándose de la situación en la que se encontraba le habría desprendido el camisión a T. y comenzado a tocar el vientre y los pechos. 

   
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