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País Argentina
   
Escala
   
Corte Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
   
Fecha 06/12/2012
   
Caso P., L. L. p.s.a. coacción calificada -Recurso de Casación
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Suspensión del juicio a prueba - Probation - Política criminal
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario En este fallo la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, decide rechazar el recurso de casación interpuesto por el Dr. Eduardo Luis Rodríguez, defensor del imputado L. L. P., contra la sentencia en la cual no se hace lugar a su pedido de suspensión del juicio a prueba por haberse opuesto a ello el Representante del Ministerio Público. El caso en cuestión trata de un hombre que por celos, golpeó con un bate de beisbol a su concubina cuando se encontraban en el dormitorio. El Tribunal Superior retoma la jurisprudencia según la cual el consentimiento del Fiscal resulta insoslayable para habilitar la suspensión del juicio a prueba. El Fiscal de Cámara al dictaminar negativamente sobre la procedencia de la suspensión del juicio a prueba realizó un análisis concreto del hecho que se investiga en la presente causa, basando su negativa en cuestiones de oportunidad y conveniencia político criminales. "Finalmente, hizo referencia a que todo lo expuesto es congruente con los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino con relación a los casos de violencia dirigidos a la mujer (Ley 24.632 aprobó la Convención de Belém Do Para que busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que reglamentó los postulados de la aludida Convención). En efecto, el Representante del Ministerio Público sostuvo que hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba solicitada por el encartado implicaría afectar las obligaciones de prevenir, investigar y sancionar hechos como los aquí considerados, circunstancia que pondría en crisis el compromiso asumido por el Estado Argentino al aprobarla."
   
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