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País Argentina
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Cámara Federal de Casación Penal - Sala IV
   
Fecha 13/12/2012
   
Caso Vergara, Miguel Angel s/recurso de casación
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Trata de personas - Explotación sexual - Situación de vulnerabilidad - Medios comisivos
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario En este fallo la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, deciden no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de Miguel Angel Vergara por entender que la calificación legal en la que se encuadró la conducta endilgada a Vergara, esto es, la trata de personas (artículo 145 ter, primer párrafo y tercer párrafo inciso 1 del Código Penal), resultó correcta. Los hechos por los cuales se imputa a Vergara, consisten en haber trasportado, contra su voluntad a S. S. N.desde Santa fe hasta un prostíbulo en la Provincia de Buenos Aires. En sus fundamentos los magistrados tienen en cuenta la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. En este sentido retoma las "Reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad" en donde se estableció que -se consideran en condición de vulnerabilidad aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico [-] Podrán constituir causas de vulnerabilidad, entre otras, las siguientes: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, la victimización, la migración y el desplazamiento interno, la pobreza, el género y la privación de libertad. La concreta determinación de las personas en condición de vulnerabilidad en cada país dependerá de sus características específicas, o incluso de su nivel de desarrollo social y económico- (Capítulo 1, sección segunda).
   
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