Trata de personas - Tentativa - Explotación sexual - Acceso a la justicia
Derechos CEDAW
a una vida libre de violencia
Sumario
En esta sentencia la Cámara Federal de Casación Penal decide confirmar la sentencia del Tribunal Oral de Salta resolvió condenar a Jorge Omar Fernández y Jorge Raúl Córdoba a la pena de 2 años de prisión, por considerarlos autores del delito de transporte de personas mayores de edad con fines de posterior explotación, en grado de tentativa (arts. 42 y 145 bis del C.P., según Ley 26364).
Los dos imputados transportaban en un vehículo a dos mujeres, con intención de llevarlas desde Orán hasta Comodoro Rivadavia, pudiendo éstas escaparse en la localidad de Güemes (provincia de Salta), al enterarse de que eran llevadas con la finalidad de ejercer la prostitución.
En sus fundamentos los magistrados entienden que se dan las condiciones de vulnerabilidad conforme lo estipulado en las "Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad".
Cabe destacar que los magistrados Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos disienten respecto de la caracterización del delito en grado de tentativa, por entender que este se halla en verdad consumado. Esto es así ya que "el tipo penal en cuestión no requiere que el sujeto pasivo arribe a un destino en concreto, pues basta con que se inicie su traslado o transporte." Sin embargo entienden que no pueden modificar el criterio utilizado en virtud de la prohibición de -reformatio in pejus-, ya que el Tribunal se encuentra imposibilitado legalmente para reformar un pronunciamiento en perjuicio de los acusados sin que exista recurso por la parte contraria que así lo peticione.