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País Colombia
   
Escala
   
Corte Corte Suprema de Justicia
   
Fecha 29/07/2010
   
Caso Sala de Casación Penal MP: Alfredo Gomez Quintero N° Radicado: 49202
   
Temas Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos
   
Descriptores Tratamientos de fertilidad, derechos sexuales
   
Derechos CEDAW a la salud
   
Sumario
Una mujer con un cuadro de infertilidad de 20 años de trascendencia busca a través de la acción de Tutela que la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, a la que está afiliada en calidad de beneficiaria, le practique un tratamiento de fertilización, seguimiento y acompañamiento en el proceso de procreación desde el inicio hasta que nazca su bebé. La entidad demandada indica que la negativa está fundamentada en la normatividad interna que exceptúa los casos que se constituyen como tratamiento de infertilidad por estar fuera del P.O.S. Este caso plantea el alcance y requisitos establecidos para ordenar excepcionalmente por vía de acción de tutela un tratamiento de fertilización. La Corte decide no tutelar los derechos invocados. Lo anterior teniendo en cuenta que el excluir los tratamientos de fertilidad del POS no vulnera los derechos fundamentales de las personas que están en imposibilidad de procrear por cuanto dicha exclusión constituye un desarrollo de la facultad de configuración legal y el establecimiento de un sistema de seguridad en salud de carácter universal, adicionalmente el artículo 43 de la Constitución política establece una especial asistencia y protección a las mujeres durante el embarazo y después del parto, amparo que opera -siempre que la función procreadora de la especie sea naturalmente posible. Sin embargo excepcionalmente procede la acción de tutela para conceder tratamientos de fertilidad por existir riesgo en la salud, integridad o vida de la paciente. Así, procede cuando: el tratamiento de fertilidad fue iniciado y es posteriormente suspendido por la EPS sin mediar concepto médico o científico que justifique dicho proceder; se requiere la práctica de exámenes diagnósticos para precisar una condición de salud de una mujer asociada a la infertilidad y la infertilidad sea producto o consecuencia de otra enfermedad que afecte el aparato reproductor y de paso ponga en riesgo los derechos fundamentales de la paciente. Sin embargo se le recomienda otras alternativas como la adopción.
   
Análisis En esta sentencia aunque no se tutela los derechos de la accionante, se hace un análisis de los requisitos que se deben cumplir para que una entidad prestadora de salud se encuentre en la obligacion de realizar un tratamiento de fertilidad lo cual esta directamente relacionado con la vida de la madre y los derechos fundamentales de la mujer.
   
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