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País Perú
   
Escala
   
Corte Tribunal Constitucional
   
Fecha 06/11/2007
   
Caso Exp. N° 6572-2006-AA
   
Temas Trabajo Productivo y Reproductivo
   
  Familias
   
Derechos CEDAW a la no discriminación económico social
   
Sumario
El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por una mujer que pedia se le reconozca su derecho a la pensión de viudez, como conviviente de un difunto pensionista. La demandande alegaba que le correspondía percibir dicha pensión porque contaba con una declaración judicial que probaba su vínculo. EL Tribunal hace un análsis de la evolución histórica de la institución social de la familia y los regímenes jurídicos que la han regulado, dando cuenta entre otros puntos, del cambio en la posición de la mujer. Analizando la ley que regula el derecho a pensión que le corresponde al conviviente difunto, el Tribunal señala que, pese a que entre los requisitos para otorgar la pensión de viudez se encuentra el de haber contraído matrimonio, ésta tiene que interpretarse a la luz de lo establecido por la Constitución, en relación al reconocimiento de la unión de hecho. Ello, en virtud a que en un Estado constitucional, uno de los principios mas importantes es el de supremacía constitucional, por el cual la Constitución es la norma jurídica suprema del ordenamiento jurídico y ninguna ley la puede contravenir, ni desconocer.
   
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