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País Perú
   
Escala
   
Corte Tribunal Constitucional
   
Fecha 13/11/2006
   
Caso Exp. N 7435-2006-PC/TC
   
Temas Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos
   
  Salud
   
Descriptores anticoncepción de emergencia
   
Derechos CEDAW a la salud
   
Sumario
Las recurrentes interponen demanda de cumplimiento contra el Ministerio de Salud, a fin de que se de cumplimiento a las resoluciones ministeriales N 465-99 SA/DM y 399-01 SA/DM, que garantizan la provisión e información sobre el anticonceptivo oral de emergencia(AOE)en todos los establecimientos a su cargo. El Tribunal Constitucional considera en su decisión los informes de las distintas instituciones involucradas que han determinado que el estado actual de la píldora es la de un método de características anticonceptivas. Es así que declaró fundada la acción de cumplimiento presentada por ciudadanas feministas contra el Ministerio de Salud, y le ordenó cumplir con su obligación de informar y distribuir gratuitamente la píldora de Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE). El mandato impuesto se amplía a las Direcciones Regionales de Salud, y en general a todos los establecimientos públicos de salud, entre los que están el Seguro Social de Salud (ESSALUD), las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
   
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