Sumario |
Padre interpone demanda de modificación de relación directa y regular en contra de la madre de los menores, pero en audiencia de juicio se desiste de la demanda, la parte demandada solicita que se rechace el desistimiento y solicitan medida cautelar a favor de los niños, otorgando la entrega inmediata de estos a su madre.
El Juez de Familia accede a la medida cautelar solicitada, dando lugar a la entrega inmediata de los niños a su madre, por los siguientes motivos:
A.- Teniendo presente que el cuidado personal de los niños lo tiene la madre, y no afectándola inhabilidad alguna para el ejercicio de dicho cuidado.
B.- Habiéndose verificado en audiencia reservada con los niños y con la asistencia del consejo técnico del Tribunal, que el vínculo materno filial no se ha perdido, si no que por el contrario se mantiene muy fuerte, lo que es muy relevante en la etapa pre-escolar en que se encuentran los niños, ya que determinará las bases para el desarrollo de su autonomía y relaciones interpersonales, por lo que en aplicación de uno de los principios que inspiran el procedimiento de los Tribunales de Familia, este es el interés superior del niño, atendido como qué es lo mejor para el niño, para su bienestar físico y psíquico.
C.- Se complementa lo anterior estableciendo un régimen de relación directa y regular de los niños con su padre.
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Análisis |
Si bien la decisión jurídica contenida en esta sentencia parece del todo correcta, el juez, en sus razonamientos, realiza una reflexión estereotipada sobre la importancia del vínculo materno filial. |