Sumario |
En esta sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén resuelve desestimar las impugnaciones formuladas por la defensa de Héctor Antonio Cortez, contra la sentencia que lo condena a 23 años de prisión por considerarlo penalmente responsable del delito de homicidio de quien fuera madre de sus dos hijos.
El Tribunal analiza los dos agravios postulados por la defensa, la arbitrariedad de la sentencia, y la proporcionalidad entre el delito y la pena.
Sobre el segundo punto el Tribunal sostiene que "En consecuencia, advierto que el a quo graduó la condena dentro de la escala penal fijada en abstracto por el legislador para este tipo de delitos, en un monto próximo a su máximo legal. En tales condiciones, tengo para mí que, para así proceder, los magistrados tuvieron en cuenta la naturaleza de la acción, en tanto se trató de un homicidio cometido en contra de una persona que, luego de los primeros golpes aplicados en su humanidad, se encontraba prácticamente indefensa, la extensión del daño causado, a sus pequeños hijos y demás familiares directos, y la conducta posterior al delito, de total desaprensión hacia la víctima (arts. 40, 41 y 79 del C.P.)."
En ningún momento la sentencia hace mención a la violencia de género, ni a la normativa naciona o internacional, o a jurisprudencia afin a la materia.
|