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País Argentina
   
Escala
   
Corte Corte Suprema de Justicia de Tucumán
   
Fecha 17/12/2013
   
Caso Iñigo, David Gustavo, Andrada, Domingo Pascual, González, Sofía de Fátima, Medina, Myriam Cristina, Derobertis, Humberto Juan s/ privación ilegítima de la libertad y corrupción
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Trata de personas - Explotación sexual - Estado de vulnerabilidad - Consentimiento - Perspectiva de Género
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario En esta instancia la Corte Suprema de Tucuman resuelve el recurso de Casación contra presentado contra la sentencia que había ordenado la absolución de todos los imputados en el caso de Marita Verón. La Corte resuelve condenar a 10 de los 13 imputados. A diferencia de lo resuelto en la Cámara, sólo dos fueron absueltos y una falleció este año, de modo que la accción penal se extinguió.

Uno de los puntos fundamentales de esta sentencia está dado por la importancia que se le dio a la perspectiva de género como clave para entender la complejidad de un fenómeno como la trata de personas. El tribunal claramente señaló que las pruebas no pueden ponderarse sin una perspectiva de género en el análisis y abordaje de los hechos que involucra la trata de personas con fines de explotación sexual.  Y por ello en uno de los pasajes de la sentencia se afirma que: “Esta íntima vinculación entre el fenómeno de la trata de personas y la violencia de género, obedece a la base común que encuentran dichos fenómenos, consistente en históricos patrones socioculturales que determinan una asignación estereotipada y dicotómica de roles para hombres y mujeres, colocando a éstas últimas en una situación de inferioridad y de notoria vulnerabilidad, institucionalizando la desigualdad y estimulando y naturalizando la discriminación y la violencia en contra de ellas. Por ello, la violencia contra la mujer y la trata de personas con fines de explotación sexual, no constituyen fenómenos aislados, sino que resultan el producto de una violencia estructural que impregna todo el tejido social”.

“(...) debemos analizar la realidad sobre la base de la existencia de condiciones históricas de desigualdad entre hombres y mujeres, dado que dicha realidad se caracteriza por responder al patriarcado como sistema simbólico que determina un conjunto de prácticas cotidianas concretas, que niegan los derechos de las mujeres y reproducen el desequilibrio y la inequidad existentes entre los sexos”.

   
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