Suscripción boletín
Administrador
 
   
 
 
 
 
 
 
 
 
   
 
 
   
 
     
 

   
País Argentina
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Tribunal de impugnación de la Provincia de Neuquén
   
Fecha 28/03/2014
   
Caso Paillalef, Inti Rayen s/ homicidio calificado
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores violencia institucional - revictimización - homicidio
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario El tribunal resuelve recurso de impugnación deducido por la defensa de Inti Rayen Paillalef contra sentencia que la condena por homicidio calificado por la muerte de su bebé. Los hechos ocurren en un contexto de violencia doméstica, en la que Inostroza, pareja de Paillalef, ejercía violencia psíquica contra la imputada y violencia física contra el bebé de ambos. En circunstancias indeterminadas, alguien habría tomado al bebé y le habría causado lesiones que causaron en forma mediata la muerte de este. No hay certeza de la hora de las lesiones ni de las personas que participaron en el hecho.

La sentencia que es objeto de impugnación determina que habría sido Inti por haber dormido con el bebé, a pesar de que en los hechos Insotroza también habría dormido en el domicilio. A juicio del Tribunal, la falta de fundamentación para condenar a Inti es evidente: la sentencia no deja en claro por qué razón Inti Paillalef es la autora y no su marido. No existe elemento alguno en la sentencia que diga que Inostroza la noche del 12 al 13 de septiembre de 2011, fecha en que ocurrieron los hechos, no haya dormido en el mismo domicilio que Paillalef. Es más, todo hace suponer en la misma sentencia, que esa noche Inostroza durmió junto a ella. 

Tampoco se entiende por qué se descarta que él no pueda haber sido el autor, si reconoció que ejercía violencia moral sobre Paillalef, basándose en el simple hecho de que ésta no efectuó una denuncia sobre violencia física: “En definitiva,(el tribunal de instancia) llega a la conclusión de que Paillalef, es la autora, porque no denunció a Inostroza. Tal conjetura, no se sostiene y no tiene fundamento alguno en la realidad, pues no sabemos siquiera cuantas veces no lo denunció, ni la verdadera relación existente en el fuero íntimo de la familia. […] Lo cierto es que la sentencia y la prueba rendida, no da explicaciones claras del por qué Paillalef es la autora y no Inostroza.”

De igual manera, se crítica que la sentencia intente fundar la culpabilidad de Inti por problemas psiquiátricos. “En definitiva, tampoco lo ensayado por la fiscalía sobre los problemas psiquiátricos de Paillalef, pueden siquiera fundar una autoría, pues el Lic. D’ Angelo termina diciendo que no es manifiestamente agresiva. Hay más en la sentencia de la agresividad de Inostroza que de Paillalef.”

Por todo lo anterior, el Tribunal entiende que no hay prueba suficiente que acredite la autoría de Inti Pillalef, por lo que debe ser absuelta. 

   
Patrocinante Gratuito
   
Sentencia Ampliar

  Volver   
 
     
 
Administración Web - PACKGLOBAL