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Fallo destacado |
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País |
Argentina |
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Escala |
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Corte |
Otros Tribunales |
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Otros Tribunales |
Resolución del Ministerio Público Fiscal |
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Fecha |
21/05/2014 |
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Caso |
Resolución del Ministerio Público Fiscal - Personal del Instituto de la Maternidad s/ Aborto, Abuso de autoridad, Violación de deberes de funcionario público |
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Temas |
Salud |
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Violencia Contra las Mujeres |
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Descriptores |
Aborto no punible - Protocolo de Aborto No Punible - Violencia institucional |
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Derechos CEDAW |
a la salud |
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a una vida libre de violencia |
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Sumario |
En esta resolución, la Fiscal resuelve archivar una denuncia realizada por Arturo Forenza (h), apoderado del partido político PRO en Tucumán, contra el personal médico de una maternidad por haberle realizado un aborto a una niña de 11 años que había sido violada por su padre. El argunto del denunciante se apoyaba en que al no haberse realizado una Guía para el desarrollo de la práctica ésta no debía haberse realizado.
En sus fundamentos la fiscal hace un recorrido por los fundamentos dados por la Corte Suprema de Justicia en la sentencia FAL s/ medida autosatisfactiva para explicar porqué, contrariamente a lo alegado por el denunciante, las responsabilidades penales se generarían si "por cualquier motivo , prosperase una denuncia que intente impedir la concreción de la práctica amparada en el permiso del artículo 86 inc. 2 del CP, ya sea de modo previo, ya sea de modo posterior."
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Análisis |
Para respaldar su postura, retoma lo dicho en el considerando 24 de la sentencia FAL, donde se sostiene que " descartada la posibilidad de una persecición penal para quienes realicen las prácticas médicas en supuestos como los examinados en autos, la insistencia en conductas como la señalada no puede sino ser condiderada como una barrera al acceso a los servicios de salud, debiendo responder sus autores por las consecuencias penales y de otra índole que pudiera traer aparejado su obrar." Y continúa su razonamiento afirmando:
"Rememorar esa frase y hacerla efectiva, archivando este proceso es el deber que se impone a este ministerio en aras de una correcta administración de justicia como interprete de la ley penal y como garantía de los derechos de las reales víctimas a no ser revictimizadas bajo falsos procesos que esconden intereses ideológicos o políticos. (...) Concretar una actuación que se aleje de ese tipo de denuncias, implica encuadrarse en el arquetipo de funcionario público que la CSJN instó a que se despliege a lo largo del país."
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Patrocinante |
Privado |
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Sentencia |
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