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País Argentina
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Quilmes
   
Fecha 11/11/2014
   
Caso Reina Maraz Bejarano s/ homicidio agravado
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Homicidio - Situación de vulnerabilidad - Mujeres indígenas - Intérprete
   
Derechos CEDAW a una vida libre de violencia
   
Sumario El caso trata sobre Reina, mujer boliviana que fue condenada a prisión perpetua por considerarla coautora de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con alevosía y para facilitar la comisión del delito de robo, hecho éste último que concursa realmente con el homicidio. Reina junto a otro sujeto, Tito, habrían atado un toallón a la víctima alrededor del cuello, lo que causó la muerte de este por asfixia. Reina y Tito habrían sustraído dinero de la víctima y posteriormente ocultado el cuerpo enterrándolo en el mismo predio donde vivían. A los días, la policía finalmente detiene a Reina ya que uno de los hijos de ella confesó a la Policía que fue su madre junto a otro sujeto quienes mataron a su padre.

La defensa basa sus argumentos en que ese mismo día Reina fue abusada por Limber, lo que habría influido en los testimonios del menor, los que además habrían sido influenciados por adultos en algún momento. También hubo incomprensión idiomática durante el procedimiento, ya que el castellano no sería la lengua materna y no habría total dominio de esta (su lengua materna es el quechua). Sin embargo, la defensa no argumenta la existencia de una situación de violencia previa hacia la imputada.

El tribunal rechaza estos argumentos señalando que, a partir de las pericias, se ve que el menor cuenta con una estabilidad emocional tal que no presenta fabulación en sus declaraciones, y no habría incomprensión idiomática tanto por el menor como por Reyna.

En la sentencia hay ciertos elementos discutibles, señalados por la jueza Butierrez en cuanto a las circunstancias del hecho. No se logra acreditar con convicción si Limber estaba durmiendo o los hechos se desencadenaron a partir de una discusión, y si el robo fue el móvil del homicidio o no. Además, en el desarrollo de la sentencia se verifica, mediante un informe antropológico, que Reyna, quien había llegado desde Bolivia hace menos de un año, estaba en situación de vulnerabilidad, lo que habría facilitado que Limber ejerciera una situación de violencia contra ella que quedaba impune por el analfabetismo y el nivel de aislamiento al que estaba sometida. Incluso, ella no solo habría sido víctima de violencia por parte de Limber, sino también por la Familia de Limber y conocidos de este. A pesar de esto, el informe y los hechos descritos no son vinculados con el ilícito propiamente, y el Tribunal tampoco los considera a la hora de calificar el hecho. 

   
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