Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributarios de la Ciudad de Buenos Aires - Sala I
Fecha
26/04/2012
Caso
C.A.J.L. c/ GCBA s/amparo
Temas
Identidad y Desarrollo de la Libre Personalidad
Descriptores
Derecho a la intimidad - Identidad de género - Cambio de nombre
Derechos CEDAW
a la no discriminación económico social
Sumario
En este fallo la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributarios de la Ciudad de Buenos Aires decide confirmar la sentencia de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad de artículo 17 de la ley 18.248, la cual dispone que el pedido de cambio de nombre "se publicará en un diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Podrá formularse oposición dentro de los quince días hábiles computados desde la última publicación. En este sentido, entiende que "(...) si bien, el nuevo nombre será público y cumplirá la función de identificación de la persona, lo cierto es que la "solicitud de cambio" y su exigencia de publicidad se evidencia contrario a los derechos que, en definitiva, se buscan salvaguardar al acoger la presente acción."
"(...) la publicidad de la solicitud de cambio en el sub lite es desproporcionada respecto del fin perseguido y violatoria del derecho a la intimidad de la parte accionante. Por ello, este Tribunal entiende que debe ser declarada inconstitucional."