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 Fallo destacado  
País Argentina
   
Escala
   
Corte Otros Tribunales
   
Otros Tribunales Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal - Sala III
   
Fecha 21/06/2012
   
Caso A. V. A. c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policia Federal s/ daños y perjuicios
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores Trabajo de mujeres - Discriminación laboral - Acoso laboral
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en el empleo
   
  a una vida libre de violencia
   
Sumario En este fallo la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal decide revocar la sentencia de primera instancia y, por tanto, condenar al Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal, a resarcir a una mujer que por los daños sufridos como consecuencia del trato recibido mientras realizaba funciones dentro de la Policía Federal Argentina. En primera instancia el el Dr. Alvarez dispuso rechazar la demanda por entender que "la actora no logró acreditar la relación de causalidad existente entre las condiciones laborales y los padecimientos psíquicos sufridos". Por el contrario, la Cámara sostuvo que dada la triple situación de vulnerabilidad (por ser mujer; porque denuncia hechos de violencia y, finalmente, porque esos hechos ocurrieron en el marco de una relación laboral) "el enfoque que debe tenerse respecto de esta situación que implica a una persona en condiciones de vulnerabilidad no sólo se explica desde factores sociológicos sino que, como se expondrá a continuación, se sostiene en normas jurídicas de aplicación obligatoria." Luego, pasa a analizar cada uno de los elementos que posicionan a la mujer en una situación de vulnerabilidad. Respecto del lugar de la mujer sostiene: "esta condición de grupo que requiere una especial protección en razón de su vulnerabilidad no constituye un capricho del constituyente -y como veremos luego de la comunidad internacional-, sino la lógica derivación de una historia de desigualdad en las relaciones de poder entre hombres y mujeres que sistemáticamente ha significado para esta última, muy variadas formas de violación de sus derechos fundamentales.- Comprender esta circunstancias, que no es más que reconocer el modo en que la sociedad ha elaborado y construido a través de su historia, el lugar que corresponde atribuirse a hombres y mujeres, es tener una perspectiva de género, indispensable para el adecuado abordaje de esta problemática. No hay posibilidades de cumplir con el postulado universal y constitucional de la igualdad real para hombres y mujeres, si no se parte de aceptar una situación histórica de desigualdad.- Estos postulados trascienden la norma citada y constituyen la base de otras normas de jerarquía superior que han sido aceptadas por la comunidad internacional y han dado origen a que los Estados asuman múltiples obligaciones en la materia. No está de más decir, que en alguna medida, son el resultado de la persistente lucha que durante muchísimos años se ha llevado adelante desde distintos sectores para el reconocimiento de los derechos de las mujeres."
   
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