Sumario |
Una mujer que trabajaba en una sede cercana a su hogar fue trasladada a otra sucursal del mismo empleo. El cambio le representaba una grave alteración de la rutina familiar, y fue despedida por no acatar el cambio. Frente a esto, demandó a su empleadora por enterder que hubo un ejercicio abusivo del ius variandi.
Tanto en primera instancia como en la Cámara le hicieron lugar a la demanda. La Cámara consideró que el cambio de lugar de trabajo causó perjuicio a la actora, "quien tenía organizada su vida familiar (guardería de sus hijos, domicilio, etc.) en función del cumplimiento de tareas en el lugar de trabajo anterior", y agreguó que el hecho de que la mayor distancia sea compensada económicamente por el empleador no logra minimizar el perjuicio , ya que el mismo le alteraba las actividades relacionadas con su vida familiar.
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